Buenos días apreciados amigos y hermanos en Cristo Jesús.
Que la Paz y el Amor de Dios este con todos Uds y todos sus seres amados.
La presente es para comunicarles que estamos frente a un Gobierno de incoherencia en el dircurso, se habla de Paz, pero sus actitudes genera violencia, desprecio, incongruencias e hipocresías. Se llama al diálogo, pero sus acciones son excluyentes, condicionadas y sezgadas.
Quiero ilustrarles con una reflexión sobre las actitudes de muchos politiqueros y militares deshonestos que hablan de referente ético y con mucha ligeresas descalifican y hacen juicios de valor sin haber conocido las realidades de muchas personas que han sufrido por las constantes SIMULACIONES DE HECHOS PUNIBLES Y VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS, FUNDAMENTALES Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES. Analisemos esté hecho:
"La hija llega y le dice a su padre:
- ¡Papá, ya no aguanto más a la vecina! Quiero matarla, pero tengo miedo que me descubran. ¿Puedes ayudarme con eso? El padre le responde:
- Claro que sí mi amor, pero hay una condición... Tendrás que hacer las paces con ella para que después nadie desconfíe que fuiste tú cuando ella muera. Tendrás que ser muy cuidadosa y comenzar a ser paciente con ella, ser gentil, agradecida, cariñosa, menos egoísta, retribuir siempre, escucharla más, incluso invitarla al café o al te... ¿Ves este polvito? Todos los días pondrás un poco en su bebida. Así ella morirá de a poco.
Pasados 30 días, la hija vuelve a decir al padre:
- Ya no quiero que ella muera. La amo. ¿Y ahora? ¿Cómo hago para cortar el efecto del veneno? El padre entonces le responde:
*No te preocupes* Lo que te dí fue polvito de arroz.
Ella no morirá, porque el veneno estaba en ti.
Cuando alimentamos rencores, morimos de a poco.
Aprendamos a hacer las paces con quienes nos ofenden y nos lastiman. Aprendamos a tratar a los demás como queremos ser tratados. Aprendamos a tener la iniciativa de amar, de dar, de donar, de servir, de regalar, de escuchar, de comprender, de respetar, de valorar y no solo querer ganar y ser servido.
*Nuestra actitud puede hacer la diferencia en donde hay amarguras, emociones contaminadas, chismes, ligeresas, Juicio de valor, hipocresías y odios.
Nuestra sociedad Venezolana ha socializado un discurso violento y descalificativo que se ha insertado en la colectividad con actitudes violentas, de miedo, sospechas e incertidumbres y hemos notado con gran preocupación una DESCOMPOSICIÓN SOCIAL Y PERDIDA DE LOS VALORES QUE SE PLASMA EN FRACTURAR E INVISIBILIZAR LA DIGNIDAD HUMANA.
Resalto que: "La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), en su artículo 12, establece que nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques a su honra o a su reputación y que toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques.
Igualmente este derecho se relaciona con muchos otros, como son: el derecho a la no exteriorización del pensamiento e ideas como parte de la libertad de expresión, la libertad de religión y creencias, la libertad de procreación y de preferencia sexual, la libertad de pensamiento y de preferencia política, así como muchos otros derechos de índole familiar. Por supuesto, también es importante mencionar la relación del derecho a la privacidad con los derechos de libertad de expresión, de imprenta y de información, ya que como veremos, la vida privada constituye un límite al ejercicio de estas libertades.
Así pues, el derecho al respeto a la vida privada o intimidad, al honor e incluso a la imagen propia, son considerados ya como derechos humanos fundamentales, establecidos por diversos instrumentos internacionales como son la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948 (artículo 12), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 (artículos 17 y 19), la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 (artículos 11 y 13), y en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 (artículo 16), instrumentos todos estos firmados y ratificados por nuestro país. Cabe señalar que también existen otros instrumentos que establecen este derecho como son: la Convención de Roma para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1959, la Declaración de los Derechos y Libertades Fundamentales aprobadas por el Parlamento Europeo y la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de los Pueblos de 1981 y de los que México no es parte.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) –Pacto de San José-, en el artículo 11, se refiere a que toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad y que por tanto no deberá ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, familia, domicilio, correspondencia, ni deberá sufrir ataques ilegales a su honra o reputación; también, establece el derecho de la persona a ser protegida por la ley contra esas injerencias o ataques. El artículo 13 establece la libertad de pensamiento y expresión determinando que no deberá existir previa censura, pero que el ejercicio de esos derechos estará sujeto a responsabilidades ulteriores, mismas que deberán estar expresamente fijadas por la ley y que deberán tender a asegurar entre otras cuestiones, el respeto a los derechos o a la reputación de los demás.
En lo que respecta a nuestra legislación constitucional podemos decir que la tutela de la vida privada se desprende del contenido de los artículos 6°, 7° y 16 de la Constitución que establecen:
Artículo 6º. Que la libertad de expresión tiene como límite el respetar los derechos de tercero.
Artículo 7º. Que la libertad de imprenta tiene como límite el respetar la vida privada.
Artículo 16. Que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. Dicho artículo también establece la inviolabilidad del domicilio, así como la inviolabilidad de las comunicaciones privadas y de la correspondencia.
Es evidente que la protección de la vida privada frente a actos de las autoridades se encuentra debidamente instituida en el primer párrafo del artículo 16 constitucional, al señalar que para que una injerencia de la autoridad en nuestra intimidad sea válida ésta deberá provenir de una orden de una autoridad facultada por la propia ley para realizar dicha intervención plasmada por escrito, la cual deberá estar debidamente razonada y justificada además de estar prevista en una ley el acto de molestia en cuestión. Lo mismo ocurre con la intervención de comunicaciones privadas por los diversos medios ya que nuestra constitución establece condiciones, casos y requisitos en los que el Estado puede realizar dicha intervención (aunque debemos decir que estos todavía son insuficientes y faltan precisarse ciertas situaciones y reglamentar mejor dichas intervenciones).
El problema fundamental lo encontramos cuando la intimidad o privacidad del ser humano, su honor o su imagen se ven vulnerados por otros particulares y concretamente por el exceso en el ejercicio de la libertad de expresión o del derecho a la información. Es decir, cuando con motivo del ejercicio de la libre expresión de las ideas o de la actividad informativa y periodística se vulnera la esfera privada del individuo.
EN VENEZUELA se viola CONSTANTEMENTE Y DE FORMA SISTEMÁTICA LOS DERECHOS HUMANOS como es la CONSTANTES FABRICACIONES DE EXPEDIENTE SIMULANDO LOS HECHOS PUNIBLES para INVISIBILIZAR la revindicaciones de la DIGNIDAD HUMANA. ¿Cuántas madres y familiares sufren por tantas INJUSTICIA y MALDAD?
Por último reitero que TODA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS ES DESFIGURAR EL ROSTRO DE DIOS EN CADA PERSONA. La Dignidad Humana tiene un valor ETERNO, porque fuimos Creado a La IMAGEN Y SEMEJANZA DE DIOS " (Gén. 1,24).
Abrazos fraternos y mis bendiciones en unidad a su amada familia.
SU SERVIDOR EN CRISTO.
+ Jylman Red Jurado. Ph.D
OBISPO ORDINARIO Y DE LOS DERECHOS HUMANOS PARA VENEZUELA (IALAVES CANADÁ- GAFCON).
No hay comentarios:
Publicar un comentario